Se entiende como generación distribuida al uso de fuentes renovables, tales como el sol, para generar energía eléctrica destinada al autoconsumo, para luego inyectar el excedente de energía a la red de distribución.
Una ley donde todos participamos en la generación de energía
La Ley 27.424 de Generación Distribuida es la que habilita a los consumidores de electricidad a que se conviertan en generadores a partir de fuente de energía renovable para autoconsumo y eventual inyección de electricidad a la red. La Ley determina que existen 3 tipos de usuarios-generadores: Pequeños (hasta 3 kW), Medianos (desde 3 kW hasta 300 kW) y Mayores (desde 300 kW hasta 2 MW).
¿Qué es la generación distribuida?
¿Qué regula la Ley?
Creación del Registro Nacional de usuarios-generadores de Energías Renovables. La participación de un distribuidor, quien deberá cumplir con los estudios de viabilidad de la conexión, proveer la infraestructura, medidores bidireccionales y paneles. También debe hacerse cargo de la compra del total de energía inyectada a la red, el pago, facturación y lectura de medidores. El usuario–generador, por su parte, deberá entregar y facturar toda la energía sobrante del autoconsumo.
Beneficios
Al inyectar la energía sobrante a la red pública, la empresa distribuidora realiza una compra de esos kWh, generando un pago al particular. El precio del kWh lo establecerá la empresa distribuidora de acuerdo a cuadro tarifarios regulados juridiccionalmente. Toda la energía comprada por el distribuidor al usuario se verá reflejada en la factura del mes siguiente a modo de abono o descuento en el total de la cuenta.